martes, 6 de mayo de 2014

Actividad #25 Privacidad y Proteccion de los Datos Personales

Ley Federal de Proteccion de Datos Personales

Objetivo:

(Artículo 1): Protección de datos personales en posesión de particulares con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.

Sujetos regulados:

(Artículo 2): Los particulares sean personas físicas o morales de carácter privado que lleven a cabo el tratamiento de datos personales (excepto Sociedades de Información Crediticia y personas que lleven a cabo la recolección de datos para uso exclusivamente personal y sin fines de divulgación o utilización comercial).

Autoridad Garante:


Por su independencia y solidez la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares otorga al IFAI la responsabilidad de garantizar este derecho fundamental.
El IFAI como autoridad garante y sus atribuciones
En términos de esta ley, el Instituto se constituye como autoridad garante de este nuevo derecho dotándolo de nuevas facultades informativas, normativas, de verificación, resolutorias y sancionadoras (imposición de multas).


Generalidades:

La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares ha sido aprobada en la Cámara de Diputados con el objetivo de proteger a los ciudadanos de malos usos y abusos de información personal que se llevan a cabo día a día por empresas en todas las industrias en nuestro país.
 
Finalmente todas las empresas que manejen datos personales serán obligadas a reconocer el derecho ciudadano de la privacidad y se tendrán que apegar a normativas que garanticen el uso adecuado y seguro de datos personales.
 
Con el aumento de robos de bases de datos a empresas esta ley protege directamente a ciudadanos que han sido víctimas de robos de identidad y cargos no autorizados en tarjetas de crédito por culpa de empresas que manejan datos irresponsablemente.
 
La ley de protección de datos personales en México también le otorga la facultad a los ciudadanos de solicitar toda la información personal que una empresa tenga de él. Abarcando también la necesidad de la creación de procedimientos para la cancelación y eliminación de información cuando ya no sea necesario que este en posesión de la empresa.
 
Empresas que no cumplan con esta ley se enfrentarán a multas de hasta 18 millones de pesos y de hasta el doble de la multa inicial si reinciden.
  • El Ejecutivo Federal deberá expedir el Reglamento de esta Ley dentro del año siguiente a su entrada en vigor.
  • Las empresas designarán a una persona o departamento de datos personales (dependiendo del tamaño del negocio) para atender las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales, a más tardar un año después de la entrada en vigor de la presente Ley
  • Las empresas expedirán los avisos de privacidad para informar a las personas sobre la finalidad en el uso de sus datos y el nombre del responsable de su protección, a más tardar un año después de la entrada en vigor de la presente Ley.
  • Cualquier persona podrá ejercer ante los responsables designados por las empresas sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (conocidos por sus siglas como derechos ARCO) contemplados en el Capítulo IV de la Ley; dieciocho meses después de la entrada en vigor de la Ley.
  • Cualquier persona podrá dar inicio al procedimiento de protección de derechos ante el IFAI, en caso de alguna inconformidad ante la respuesta de la empresa, dieciocho meses después de la entrada en vigor de la Ley.
Referencia:
http://www.ey.com/
IFAI


Politicas de Privacidad





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Referencia: Movistar

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